¿La Tributación acepta las NIIFS?

RESPUESTA
La Dirección General de Tributación mediante Resolución número 52-01 del 6 de diciembre del 2001, Resolución número 56-01 de 12 de diciembre de 2001, Resolución número 4 de 29 de enero de 2002, Resolución número 10 del 7 de marzo de 2002; establece criterios interpretativos respecto del efecto en el Impuestos en la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica y el Colegio de Contadores Privados de Costa Rica.
En términos generales. podemos afirmar que La Dirección General de Tributación acepta las NIIF en el tanto que no se opongan a las Leyes Tributarias aprobadas por la Asamblea Legislativa de Costa Rica.

FUNDAMENTO LEGAL
Artículo 51 de de la Ley del Impuesto sobre la Renta; resoluciones 52-01 y 56- 01 del 2001 y 4-02, 10-02 y 42-02 del 2002 de la Administración Tributaria.