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CONSULTA N° 59
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Wady Rosales
 
Por Wady Rosales
Published on 28/04/2009
 
¿Si una empresa hace reservas por el posible futuro pago de derechos laborales, se pueden considerar gastos deducibles?

¿Si una empresa hace reservas por el posible futuro pago de derechos laborales, se pueden considerar gastos deducibles?

RESPUESTA:
En este caso, no estamos ante un gasto indispensable para generar los ingresos, ni tampoco se tiene seguridad de su ocurrencia; por lo tanto, la Administración Tributaria solo los acepta cuando se materializa el derecho del trabajador.

FUNDAMENTO LEGAL:
Artículo número 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y en el Oficio Número 1786 del 4 de noviembre de 1997 de la Dirección General de Tributación.