¿Un contador tiene derecho a prestaciones legales?
RESPUESTA
Ha sido criterio reiterado de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que los contratos que realizan los contadores para realizar su labor personalmente, aun cuando sea en su propio domicilio (contrato a domicilio), constituyen contratos de trabajo y como tales estás sujetos a todos los beneficios y obligaciones que regula el Código de Trabajo y disposiciones conexas.
Sin embargo, conocemos una sentencia de los Tribunales que consideró que en algunas circunstancias, que la misma describe en forma amplia, puede considerarse esta contratación de servicios profesionales, desligada de todo aspecto relacionado con el Derecho Laboral.
En conclusión, definitivamente debe analizarse cada caso concreto para determinar si por sus especiales condiciones y la presencia de elementos característicos de la relación laboral se trata o no de un contrato de trabajo, particularmente la subordinación jurídica.
FUNDAMENTO LEGAL
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social DAJ-AE-271-03