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CONSULTA N° 4
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Wady Rosales
 
Por Wady Rosales
Published on 29/04/2009
 
 Donde puedo conseguir información para saber si es legal liquidar un empleado y cada tres meses volverlo a contratar?.

 Donde puedo conseguir información para saber si es legal liquidar un empleado y cada tres meses volverlo a contratar?.

RESPUESTA:
Como principio general, el contrato de trabajo es por tiempo indefinido, y en virtud de que se adquiere derecho al pago de prestaciones legales (preaviso y auxilio de cesantía) a partir de los tres meses de servicio (excepto en el caso de la servidora doméstica que adquiere derecho al preaviso a partir del primer mes) el primer período de tres meses se considera período de prueba, pues durante este lapso, patrono y trabajador pueden rescindir el contrato sin responsabilidad alguna para ninguno de los dos. La idea es que una vez que el patrono ha comprobado que el trabajador no cumple los requisitos o condiciones necesarias para desempeñar dl puesto, pueda prescindir de él sin ninguna responsabilidad e, igualmente, si el trabajador comprueba que no le sirve o no le gusta el nuevo trabajo pueda renunciar sin incurrir tampoco en responsabilidad.
En ambos casos, la única obligación del patrono es reconocer las vacaciones y aguinaldo proporcionales, que son derechos que se adquieren con sólo el hecho de sobrepasar un mes de servicios.
Lo anterior implica que cuando un patrono tiene la práctica injustificada de despedir a un trabajador antes de cumplir los tres meses de servicio y volverlo a contratar en forma sucesiva, lo que demuestra que no lo despide por ineficiencia, muestra una total mala fé y la intención evidente de evitar, en forma solapada, que el trabajador supere el período de prueba, adquiera antigüedad y eventualmente en derecho al pago de prestaciones legales. En caso de contención, es decir, si el trabajador perjudicado recurre a los Tribunales de Justicia, es muy probable, contando con la pruebas necesarias, que el fallo favorezca al trabajador y se condene al patrono a pagar las prestaciones legales por todo el tiempo laborado.

FUNDAMENTO LEGAL
Código de Trabajo