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CONSULTA N° 10
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Wady Rosales
 
Por Wady Rosales
Published on 29/04/2009
 
¿Cuánto le debo retener a un socio de la empresa que se le pagó una bonificación?

¿Cuánto le debo retener a un socio de la empresa que se le pagó una bonificación?

RESPUESTA
La bonificación que paga un patrono a sus trabajadores constituye salarios, pues tienen origen en una relación laboral, que está sustentada precisamente en el reconocimiento pecuniario-lucrativo por los servicios prestados (nadie trabaja gratis) resulta innegable esta afirmación sobre todo cuando el pago se hace en forma reiterada, generalizada y con suficiente permanencia para que el trabajador sepa que puede contar con este ingreso.

FUNDAMENTO LEGAL
Artículo 3 de la Ley Orgánica de la C.C.S.S. Nota. Si la bonificación es única en un ejercicio económico, no se deberá reportar como salario pero si cumplir con lo establecido por la Dirección General de Tributación.