Si un trabajador administrativo que se le paga por quincena y solicita una semana de vacaciones, donde especifica que toma de lunes a viernes¿Cuántos días se le rebajan, 5 o 6)
RESPUESTA
Si trabajó jornada acumulativa de lunes a viernes, debe entenderse que el sábado es un día hábil para todos los efectos, por lo tanto se tomará en cuenta en sus vacaciones. Si pide una semana se le concederá de lunes a sábado, pero además se le pagará el domingo, ya no con el salario promedio de la semana ¾como corresponde al día de descanso¾ sino con el promedio de las cincuenta semanas laboradas, pues si la semana anterior se paga como vacaciones, el sétimo día se paga igual, con ese mismo promedio.
Al trabajador mensual el derecho se establece en 14 días que incluyen el día de descanso.
Al trabajador semanal el derecho se establece en 12 días por cuanto no existe obligación del patrono de pagar el día de descanso.
FUNDAMENTO LEGAL,
Pronunciamiento DAJ-AE-368-99, del 21 de diciembre de 1999.