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CONSULTA N° 28
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Wady Rosales
 
Por Wady Rosales
Published on 29/04/2009
 
El 2 de agosto y 12 de octubre hasta donde entiendo son no obligatorios, esto indica que se pueden tomar o no, entiendo que se pueden tomar sin ningún perjuicio laboral o ya se modificó?

El 2 de agosto y 12 de octubre hasta donde entiendo son no obligatorios, esto indica que se pueden tomar o no, entiendo que se pueden tomar sin ningún perjuicio laboral o ya se modificó?

RESPUESTA
Por regla general todos los feriados son obligatorios en cuanto al disfrute. El patrono cumple con otorgar el tiempo libre en los feriados que no son de pago obligatorio. Sin embargo, para que los trabajadores no lo pierdan puede convenir con ellos en venir a trabajar ese día y con ello los paga en forma sencilla. Ahora bien, si el patrono los obliga a trabajar y ellos no quieren, aquél tendría obligación de pagarlos doble, pero resulta muy difícil de probar, por cuanto por lo general son los trabajadores los que quieren trabajar estos días para no perder el salario. Esto aplica para los trabajadores semanales, o sea, los que ganan por la jornada efectivamente laborada. En consecuencia, no aplica para los trabajadores mensuales.

FUNDAMENTO LEGAL
Art. 148 del código de Trabajo.