Cuando una persona se incapacita ¿Cuánto le paga la CCSS?
RESPUESTA
Durante una incapacidad por enfermedad, el patrono únicamente paga un 50% del salario durante los primeros tres días (artículo 79 del Código de Trabajo) La C.C.S.S. paga el 60% a partir del cuarto día. (Ver Reglamento del Seguro de Salud de la C.C.S.S.).
En la licencia por maternidad el patrono paga el 50% de los salarios y la C.C.S.S paga el otro 50% durante los 4 meses de incapacidad. Sin embargo el patrono toma en cuenta el 100% de los salarios (como si él hubiera pagado completo) para cálculo de derechos laborales de la trabajadora.
FUNDAMENTO LEGAL
Art. 79 y 95 del Código de Trabajo, 35 y 36 del Reglamento de Salud de la C.C.S.S.