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CONSULTA N° 44
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Wady Rosales
 
Por Wady Rosales
Published on 29/04/2009
 
¿Cuántos días tengo derecho a mis vacaciones y si debo tomarlas todas de una sola vez?

¿Cuántos días tengo derecho a mis vacaciones y si debo tomarlas todas de una sola vez?

RESPUESTA
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social nos dice:
“La ley establece un período de vacaciones mínimo de 2 semanas de trabajo, después de 50 semanas de labores continuas. Si ese período coincide con días feriados el disfrute de éstos, deberá garantizarse en forma separada lo cual implica que se extienda el período de vacaciones en el número de días feriados que hayan quedado comprendidos.
Ahora bien, si usted no trabaja todos los días de la semana, su derecho a vacaciones será equivalente al número de días que usted labora en 2 semanas. Por ejemplo, si usted labora de lunes a viernes, tendrá derecho a 10 días de vacaciones.
En principio, las vacaciones deben gozarse sin interrupción. Sin embargo, la ley permite que éstas se dividan en 2 fracciones como máximo, solamente si se cumplen las siguientes dos condiciones:
  • Que así lo hayan convenido las partes.
  • Que se trate de actividades de índole especial, que no admitan ausencias muy prolongadas de los empleados. En las grandes empresas y en el sector público es frecuente ahora que se conceda el tiempo de vacaciones en un mismo período a todos los empleados, haciéndolas coincidir con las festividades de final de año y de Semana Santa, lo cual le permite a usted descansar por un tiempo más amplio al coincidir con los días feriados existentes en esas épocas.
    Sin embargo, esta situación no debería establecerse en forma permanente, pues resultaría necesario que cada año se valore si se cumple con las condiciones que ya se han mencionado como necesarias para que las vacaciones se fraccionen”

    FUNDAMENTO LEGAL
    Artículo N° 153 del Código de Trabajo. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.