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CONSULTA N° 48
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Wady Rosales
 
Por Wady Rosales
Published on 29/04/2009
 
¿Cuándo tengo derecho a desfrutar de mis vacaciones?

¿Cuándo tengo derecho a desfrutar de mis vacaciones?

RESPUESTA
El derecho a vacaciones se adquiere después de haber laborado 50 semanas en forma continua. La continuidad del trabajo no se suspende por los siguientes casos:
  • Licencias con goce de salario.
  • Descansos otorgados por el Código y sus reglamentos
  • Enfermedades justificadas
  • Prórroga o renovación inmediata del contrato de trabajo
  • Ninguna otra causa análoga que no termine con el contrato en forma efectiva

    FUNDAMENTO LEGAL
    Artículo N° 153 Código de Trabajo.