¿Las iglesias católicas deben pagar el Impuesto sobre la Renta?
RESPUESTA
Las instituciones religiosas cualquiera que sea su credo, no están sujetas al Impuesto sobre la Renta por los ingresos para el culto y por los servicios de asistencia social sin fines de lucro.
FUNDAMENTO LEGAL:
Artículo 3 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente.